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Entendiendo el MAFC; con Caro Jaume & Partners

En el marco de diversos Protocolos y Acuerdos, Naciones Unidas, la UE se comprometió a reducir sus emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) para lograr un planeta climáticamente neutro en 2050.

Para conseguir este objetivo, se han adoptado diferentes medidas legislativas. Este paquete de medidas legislativas se conoce como “Objetivo 55”, e incluye entre otras:

  1. El Mecanismo de Ajuste en Frontera sobre las Emisiones de Carbono (“MAFC” o por su acrónimo en inglés “CBAM””) y
  2. La revisión del Régimen de Comercio de Derechos de Emisión (“RCDE” o por su acrónimo en inglés “ETS”).

Para entender el MAFC, es necesario ponerlo en contexto con el RCDE.

En esta entrada, exploraremos el funcionamiento del MAFC, su contribución a la neutralidad climática y los sectores afectados. Además, presentaremos los servicios de Caro & Jaume para garantizar el cumplimiento normativo y en la medida de lo posible la reducción de costes.

¿Qué es el RCDE?

El Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la UE («RCDE»), entró en vigor en 2005  siendo pionero a nivel mundial. Se basa en el principio de ”quién contamina, paga».

La empresa que fabrique productos en la UE y que durante el proceso de fabricación emita Gases de Efecto Invernadero (“GEI”) debe pagar por el GEI vertido a la atmósfera. Para ello deberá adquirir “derechos de emisión”. Por derecho de emisión se entiende el derecho subjetivo a liberar en la atmósfera una tonelada de CO2 o de cualquier otro GEI con un Potencial de Calentamiento Atmosférico equivalente (CO2e).

 

                                                                Algunas industrias sujetas el RCDE

¿Qué es el MAFC – CBAM?

El MAFC establecerá, gradualmente, un playfield que coloque en igualdad de condiciones a los bienes producidos en la UE sujetos a compra de derechos de emisión de CO2, con relación a los bienes importados en la UE; que se verán obligados a la compra de “Certificados MAFC” (cuyo precio está referenciado al precio de los derechos de emisión), por las emisiones de GEI generadas en el tercer país productor.

El MAFC se aplicará por tanto en un primer lugar a la importación determinados bienes, cuya producción en la UE está sujeta en la actualidad a la compra de derechos de emisión de CO2-CO2e.
Hay determinadas industrias conocidas como sectores en “riesgo de fuga de carbono” a los que se les controla y limita las emisiones de CO2 pero los derechos de emisión le son adjudicados de manera gratuita (total o parcialmente) por el riesgo de que ante el incremento de costes consecuencia de la compra de derechos de emisión (i) estas industrias se deslocalicen fuera de la UE o (ii) bien dada la oferta existente a nivel mundial, un producto fabricado en la UE encarecido como consecuencia de la compra de derechos de emisión, sea fácilmente sustituible por otro producto fabricado fuera de la UE.

A medida que se elimine gradualmente la asignación gratuita de derechos de emisión a las industrias en la UE en riesgo de fuga de carbono, el MAFC se aplicará de la misma manera a los mismos bienes cuando estos sean fabricados fuera de la UE y posteriormente importados en la UE.
El MAFC tiene como objetivo la lucha contra el cambio climático colocando en igualdad de condiciones a los fabricantes en la UE obligados a adquirir derechos de emisión de CO2, con respecto a los fabricantes establecidos fuera de la UE, cuyos importadores se verán obligados en 2026 a la compra de los llamados “Certificados MAFC”.

Sectores y productos afectados

En una primera fase, el MAFC cubrirá los sectores actualmente cubiertos por el RCDE:

1. Hierro y acero:7202, 7301, 7302, 7303.00, 7304, 7305, 7306, 7307, 7308, 7309.00, 7310, 7311.00, 7318 y 7326. Excluidas: 7202 20, 7202 30 00, 7202 50 00, 7202 70 00, 7202 80, 7202 91 00, 7202 92 00, 7202 93 00, 7202 99, 7202 99 10,7202 99 30, 7202 99 80, 7204.
2. Aluminio: 7601, 7603, 7604, 7605, 7606, 7607, 7608, 7609.00.00, 7610, 7611.00.00, 7612, 7613.00.00, 7614 y 7616.
3. Fertilizantes: 2808.00.00, 2814, 2834.21.00, 3102 and 3105
4. Cemento: 2507.00.80, 2523.10.00, 2523.21.00, 2523.29.00, 2523.30.00 y 2523.90.00.
5. Hidrógeno: 2804.10.00
6. Electricidad: 2716.00.00

A medida que se elimine la asignación gratuita de derechos de emisión de GEI a las industrias con riesgo de fuga de carbono, el MAFC se aplicará a tales mercancías también.

 

Implementación por fases

El MAFC establece una fase transitoria que comienza el 1 de octubre de 2023 y finalizará el 31 de diciembre de 2025, y  una fase de aplicación plena a partir del 1 de enero de 2026.

Durante la fase transitoria, será necesario presentar el «Informe MAFC o CBAM» trimestralmente, siendo obligatorio presentar los cálculos con emisiones reales de CO2-CO2e a suministrar por el fabricante al importador, en el Informe MAFC del tercer trimestre de 2024.

A partir de 2026, será necesario además registrarse en la base de datos MAFC para poder realizar importaciones, estableciéndose la obligación de compra de certificados MAFC – CBAM, cuyo precio estará referenciado al precio medio de cierre de los derechos de emisión de la semana previa, en el marco del RCDE de la UE.

Garantizando la precisión de los datos

El MAFC establece un régimen sancionador, en el que el importador es responsable de la veracidad de los cálculos de CO2 suministrados por el fabricante a reportar en el “Informe MAFC”.

Mientas las emisiones no estén verificadas por un verificador acreditado lo que será obligatorio a partir de 2026, es importante comprobar la consistencia, coherencia y completitud de los datos de emisiones comunicados por el fabricante a reportar  en el Informe MAFC – CBAM por el importador.

La empresa Caro & Jaume ofrece un servicio especializado en la revisión de los cálculos de emisiones proporcionados por los fabricantes para garantizar dentro de toda debida diligencia que los datos de emisiones a reportar en el Informe MAFC son consistentes y están completos. La incompletitud o incorreción de los datos, son sancionables en fase transitoria y la falta repetitiva de su reporte en el Informe MAFC, puede conllevar la imposibilidad de importar productos MAFC – CBAM en 2026.

En resumen, el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono representa un paso importante en la lucha contra el cambio climático. Su implementación efectiva, junto con servicios como el ofrecido por Caro & Jaume, será crucial para garantizar su éxito y avanzar hacia un futuro más sostenible para todos.

¿Necesitas soporte para la implementación del MAFC y/o la revaluación de su cadena de suministros?

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Mecanismo de Ajuste en Frontera sobre el Carbono (MAFC-CBAM) (Botón que te lleva a los servicios ofrecidos por Caro & Jaume Partners)

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