El Consejo Europeo ha adoptado hoy formalmente un Reglamento para reducir los valores límite para la presencia de contaminantes orgánicos persistentes en los residuos.
Los contaminantes orgánicos persistentes (COP) son sustancias especialmente nocivas. Si bien estas sustancias químicas ya no pueden utilizarse en productos nuevos, pueden seguir apareciendo en residuos procedentes de determinados productos de consumo tales como los tejidos impermeables, el mobiliario, los plásticos y el material electrónico. Para alcanzar una economía circular, en la que los residuos se utilicen cada vez más como materia prima secundaria, es fundamental establecer nuevos límites a la presencia de contaminantes orgánicos persistentes en los residuos.
«Se trata de un paso importante para proteger a nuestros ciudadanos y al medio ambiente. Muchas de estas sustancias nos aportaron beneficios en el pasado, pero no estábamos prestando la atención suficiente a lo nocivas que pueden ser. Me alegra que la UE predique con el ejemplo y decida reforzar sus límites en la fase de reciclado» – Anna Hubáčková, ministra checa de Medio Ambiente
El Reglamento revisa los anexos del Reglamento sobre contaminantes orgánicos persistentes, introduciendo nuevas sustancias químicas en la lista de estas sustancias y limitando su presencia en los residuos mediante el refuerzo de los valores límite de concentración de determinadas sustancias. Los nuevos valores límite de concentración garantizarán una protección más elevada de la salud humana y del medio ambiente.
La adopción del Reglamento se produce tras un acuerdo político provisional alcanzado con el Parlamento Europeo el 21 de junio de 2022.
El Reglamento tiene por objeto adaptar la legislación europea a los compromisos internacionales de la UE, especialmente en virtud del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes. Las nuevas restricciones son coherentes con las ambición del Pacto Verde Europeo de lograr ciclos de materiales no tóxicos y con el nuevo Plan de Acción para la Economía Circular.
Para ello, las nuevas reglas añadirán algunas sustancias al anexo IV del Reglamento COP [Reglamento (UE) 2019/1021 sobre contaminantes orgánicos persistentes] y actualizará los valores límite de concentración para algunas sustancias que figuran en los anexos IV y V de dicho Reglamento.
El Reglamento afecta principalmente a las siguientes sustancias:
El Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. El Reglamento será aplicable seis meses después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.