Portal de Internacionalización - El Consejo Europeo adopta formalmente nuevas restricciones a las «sustancias químicas eternas» en los residuos


El Consejo Europeo ha adoptado hoy formalmente un Reglamento para reducir los valores límite para la presencia de contaminantes orgánicos persistentes en los residuos.

Los contaminantes orgánicos persistentes (COP) son sustancias especialmente nocivas. Si bien estas sustancias químicas ya no pueden utilizarse en productos nuevos, pueden seguir apareciendo en residuos procedentes de determinados productos de consumo tales como los tejidos impermeables, el mobiliario, los plásticos y el material electrónico. Para alcanzar una economía circular, en la que los residuos se utilicen cada vez más como materia prima secundaria, es fundamental establecer nuevos límites a la presencia de contaminantes orgánicos persistentes en los residuos.

«Se trata de un paso importante para proteger a nuestros ciudadanos y al medio ambiente. Muchas de estas sustancias nos aportaron beneficios en el pasado, pero no estábamos prestando la atención suficiente a lo nocivas que pueden ser. Me alegra que la UE predique con el ejemplo y decida reforzar sus límites en la fase de reciclado» – Anna Hubáčková, ministra checa de Medio Ambiente

El Reglamento revisa los anexos del Reglamento sobre contaminantes orgánicos persistentes, introduciendo nuevas sustancias químicas en la lista de estas sustancias y limitando su presencia en los residuos mediante el refuerzo de los valores límite de concentración de determinadas sustancias. Los nuevos valores límite de concentración garantizarán una protección más elevada de la salud humana y del medio ambiente.

La adopción del Reglamento se produce tras un acuerdo político provisional alcanzado con el Parlamento Europeo el 21 de junio de 2022.

Contexto y siguientes etapas

El Reglamento tiene por objeto adaptar la legislación europea a los compromisos internacionales de la UE, especialmente en virtud del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes. Las nuevas restricciones son coherentes con las ambición del Pacto Verde Europeo de lograr ciclos de materiales no tóxicos y con el nuevo Plan de Acción para la Economía Circular.

Para ello, las nuevas reglas añadirán algunas sustancias al anexo IV del Reglamento COP [Reglamento (UE) 2019/1021 sobre contaminantes orgánicos persistentes] y actualizará los valores límite de concentración para algunas sustancias que figuran en los anexos IV y V de dicho Reglamento.

El Reglamento afecta principalmente a las siguientes sustancias:

  • ácido perfluorooctanoico (PFOA), sus sales y compuestos afines, presentes en tejidos impermeables y espumas contra incendios;
  • éteres de difenilo polibromados (PBDE): retardantes de la llama presentes en plásticos y textiles utilizados en aparatos eléctricos y electrónicos, vehículos y muebles;
  • hexabromociclododecano (HBCDD): retardante de la llama presente en algunos residuos plásticos y textiles, en particular en el aislamiento de poliestireno procedente de edificios que han sido demolidos;
  • parafinas cloradas de cadena corta (PCCC): retardantes de la llama presentes en algunos residuos de caucho y plástico, como correas transportadoras de caucho, mangueras, cables y juntas;
  • dibenzoparadioxinas y dibenzofuranos policlorados (PCDD/PCDF), que no se producen ni se añaden a los materiales de forma intencionada, pero que están presentes como impurezas en determinadas cenizas y en otros residuos industriales;
  • PCB similares a las dioxinas, que pueden estar presentes como impurezas en algunas cenizas y aceites industriales. Se proponen límites tanto para estos PCB como para las dioxinas;
  • El ácido perfluorohexano sulfónico (PFHxS), sus sales y compuestos afines, presentes en tejidos, utensilios de cocina antiadherentes y espumas contra incendios; Los colegisladores acordaron añadir esta sustancia al Reglamento a raíz de la decisión de la Conferencia de las Partes en el Convenio de Estocolmo, tomada en junio de 2021, de restringir su producción y uso.

El Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. El Reglamento será aplicable seis meses después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Fuente: https: https://www.consilium.europa.eu/es/press/press-releases/2022/10/24/council-formally-adopts-further-restrictions-to-forever-chemicals-in-waste/?utm_source=

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